Fondo para la equidad de género 2024

Última actualización:

Descripción

Permite acceder a un fondo concursable regional que financia iniciativas dirigidas a organizaciones de mujeres en dos líneas de acción: fortalecimiento interno de la organización y fortalecimiento de las redes de asociatividad:

El Fondo para la Equidad de Género 2024 financia propuestas por $4 millones. Este monto será transferido en una sola cuota.
Postulación en el portal web de Fondos del Estado: finalizó el 13 de mayo de 2024.

Personas jurídicas y naturales que cumplan con los requisitos establecidos en las bases técnicas y administrativas 2024

El Fondo para la Equidad de Género 2024 financia propuestas por la suma de $4 millones, independiente del aporte económico que gestione la persona jurídica o natural y equivale a un mínimo del 10% del total. 

La propuesta presentada sea aplicable a alguna de las líneas de acción:

  • Fortalecimiento interno de la organización: permite financiar proyectos que busquen el desarrollo de organizaciones de mujeres, a través del fortalecimiento de habilidades y competencias de sus integrantes o proyectos de consolidación de la presencia de la organización en el territorio.
  • Fortalecimiento de las redes de asociatividad: consiste en el financiamiento de propuestas que tengan por objetivo la promoción de la incidencia y participación ciudadana de las organizaciones de mujeres a través del desarrollo de actividades e iniciativas donde puedan levantar y fundamentar opiniones y propuestas referidas a políticas públicas para sus territorios y a nivel nacional. Contempla la gestión de encuentros para la conformación de redes, actividades de trabajo de redes y grupos de mujeres ya existentes o vinculación entre redes de organizaciones de mujeres.

Documentos para la etapa de admisibilidad:

  • Persona jurídica:
    • Documento que acredite la constitución de la persona jurídica y poderes vigente del o la representante legal.
    • Declaración jurada simple que señale que no existen condenas por delitos cometidos por personas jurídicas y/o infracciones según lo establecido en la Ley Nº 19.913, Ley Nº 18.314 artículo 8º y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal
    • Declaración jurada rendiciones de cuentas previas.
    • Declaración jurada sobre ausencias de inhabilidades.
    • Certificado de receptores de fondos públicos (Ley Nº 19.862).
    • Certificado de antecedentes para fines particulares.
  • Persona natural:
    • Copia simple de la cédula de identidad vigente.
    • Declaración jurada rendiciones de cuentas previas.
    • Declaración jurada sobre ausencias de inhabilidades.
    • Certificado de antecedentes para fines particulares.

Revisa las bases de postulación

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