Descripción
Permite inscribir una defunción que sucedió fuera de Chile, en el Servicio de Registro Civil e Identificación.
¿A quién va dirigido?
Conocer másLa inscripción de defunción puede ser solicitada por cualquier persona mayor de 18 años. En caso de ser necesario rectificar la inscripción para complementar la identidad de la persona fallecida, un pariente directo deberá solicitar la rectificación después de que se haya hecho la inscripción (cónyuge o hijos).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Certificado original de defunción otorgado por el Registro Civil o la entidad que registre los hechos vitales en el país de origen. El documento deberá estar apostillado de acuerdo con el convenio de la Haya.
- Aquellos emitidos por los países que no pertenecen al convenio, deberán estar legalizados por el cónsul de Chile en el país de origen del certificado, en este caso, la firma del cónsul debe ser legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
- Si el certificado original está en idioma diferente al español, debe solicitar traducción certificada en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile o en el consulado del país respectivo en Chile, la firma del cónsul o funcionario consular en esta traducción debe estar legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
- Para acreditar que la persona fallecida es chilena, debe presentar certificado de nacimiento, actualizado y original con los nombres de la madre y padre o madres o padres.
- Si la persona fallecida era nacionalizada chilena o extranjera residente, debe acompañar fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados o certificado del Servicio Nacional de Migraciones o Policía Internacional que acredite su nacionalización o residencia en Chile.
- Si la persona fallecida era casada en Chile, debe adjuntar certificado de matrimonio.
- Quien haga la inscripción deberá adjuntar fotocopia de su cédula de identidad o documento de identidad.
- Si desea conservar el certificado extranjero apostillado y/o legalizado, podrá presentar junto al certificado original una fotocopia autorizada ante notario, la cual será revisada al momento de presentar la solicitud y le será devuelto el documento original, se deja constancia de que si la fotocopia presentada no está plenamente conforme al original (ilegible, cortada, sellos incompletos u otro) esta no será recibida.
Importante:
- Una vez recibida la documentación para el proceso, no puede ser devuelta a las personas interesadas.
- No se recibirá documentación que no esté completa y en la forma señalada anteriormente.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Explique el motivo de su visita: inscribir una defunción ocurrida en el extranjero.
- Entregue los documentos requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá inscrito la defunción.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.