Solicitud de franquicia por discapacidad

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Descripción

Permite a personas con discapacidad solicitar los beneficios para la importación de un vehículo y/o de mercancías, establecidos en los artículos 48 y 49 de la Ley Nº 20.422.

El trámite se puede realizar durante todo el año, en el sitio web y en oficinas del Servicio Nacional de Aduanas.
  • Personas naturales con discapacidad, que actúen por sí mismas o por medio de sus guardadores, cuidadores o representantes legales o contractuales.
  • Personas jurídicas sin fines de lucro, que, de conformidad con sus estatutos, actúen en el ámbito de la discapacidad, y tengan por objeto la asistencia, cuidado o apoyo de personas con discapacidad.

Revise el detalle de los beneficios:

Artículo 48:

  • Permite importar un vehículo nuevo o usado, desde el extranjero o desde zona franca, pagando el 50% del Arancel Aduanero que corresponda aplicar. Además, posibilita acceder al pago del IVA hasta en 36 cuotas, previa solicitud al Servicio de Impuestos Internos (SII).
  • El vehículo es para el uso y traslado de la persona con discapacidad.
  • Los vehículos importados bajo esta franquicia, deberán permanecer, por un tiempo no inferior a tres años, destinadas al transporte y uso de las personas con discapacidad.

Artículo 49:

  • Permite importar las mercancías señaladas en la ley, liberadas del Arancel Aduanero, además de poder acceder al pago de IVA en cuotas.
  • Las mercancías importadas deben tener relación con la discapacidad que presenta la persona y deberán permanecer, por un tiempo no inferior a tres años desde su importación, destinadas al uso de las personas con discapacidad.
  • Certificado de discapacidad.
  • Resolución de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), correspondiente al domicilio del beneficiario o beneficiaria que puede incluir los elementos opcionales constitutivos del equipo especial del vehículo. Solo en caso de solicitud para importación de vehículo (artículo 48).
  • En caso de solicitudes realizadas por sus guardadores, cuidadores o representantes legales o contractuales, además deberán presentar:
    • Fotocopia simple de su cédula de identidad.
    • Copia autorizada de la sentencia judicial, con certificado de ejecutoría, del instrumento público en el que conste su personería con certificado de vigencia, según corresponda, con una vigencia no superior a 60 días, o instrumento privado suscrito ante notario.
  • En el caso de haber hecho uso del beneficio con anterioridad, deberá indicarlo en su solicitud y presentar:
    • Certificado de inscripción en el registro de vehículos motorizados, correspondiente al último vehículo importado (acogido a la Ley Nº 20.422).
    • Comprobante de pago del IVA emitido por el Servicio de Impuestos Internos, cuando sea pagado en cuotas o certificado de pago emitido por la Tesorería General de la República.
  • Para trámite en línea, debe contar con ClaveÚnica.

La resolución tiene vigencia indefinida, exceptuando los caso de personas con discapacidad que sean reevaluadas por el COMPIN con posterioridad a la emisión.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los documentos requeridos.
  2. Haga clic en "solicitar franquicia".
  3. Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "continuar". Si aún lo la tiene, solicítela
  4. Seleccione la opción “franquicia discapacidad”, y haga clic en “nueva solicitud”.
  5. Seleccione el tipo de solicitud, complete los datos requeridos, adjunte los documentos, y haga clic en "enviar solicitud". 
  6. Como resultado del trámite, habrá realizado la solicitud de franquicia por discapacidad.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los documentos requeridos.
  2. Diríjase a una de las oficinas del Servicio Nacional de Aduanas, correspondiente al domicilio de la persona con discapacidad.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar franquicia de discapacidad.
  4. Entregue los antecedente requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá ingresado la solicitud de franquicia por discapacidad. 
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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